Gral. Arenales, 23 de
diciembre de 2020
Secretaria de Asuntos Docentes difunde:
COMUNICADO
A LAS Y LOS DOCENTES POR ACTOS PÚBLICOS DIGITALES DEL PROGRAMA VERANO ATR
Se comunica que por
Resolución Nº 2815/20 de la Dirección General de Cultura y Educación se ha
aprobado el Programa VERANO ATR.
La designación de
docentes se realizará por Acto Público Digital, tal como lo establece la
mencionada Resolución en su ANEXO I IF-2020-29151030-GDEBA-SSEDGCYE utilizando
los Listados 2020 según corresponda.
Con los inscriptos
postulados en los perfiles antes mencionados,
se realizará el orden de mérito y posteriormente se irán cubriendo los
cargos de las distintas sedes, priorizando proximidad al domicilio y nivel de
enseñanza de acuerdo a los grupos de edad.
Vale aclarar que se
realizará una oferta por perfil por distrito. Por lo tanto, las y los docentes
interesados en postularse deberán hacerlo en dicha oferta. Posteriormente, con
el orden de mérito se harán las correspondientes designaciones a las sedes
habilitadas.
Es importante
destacar que:
(a) Sólo pueden
presentarse docentes con cargos activos (desempeño activo) en enero 2021.
(b) Sólo pueden presentarse docentes con
domicilio en el distrito.
(c) Sólo pueden postularse docentes que estén en
condiciones de presentar declaración jurada de salud, en la que conste que no
se encuentran comprendidos dentro de los grupos de riesgo por COVID-19,
establecidos por la Resolución 207/20 del Ministerio de Trabajo de Nación y la
Resolución 90/20 de Jefatura de Gabinete de Ministro.
(d) No se requiere la presentación de hoja de
vida.
(e) No podrán ser designados docentes con cambios de funciones, licencias
médicas, recalificados por ART, presumariados o sumariados.
Las postulaciones se
realizan desde el 22 de diciembre al 28 de diciembre 2020 a las 10 horas.
De acuerdo a lo
expresado en el ANEXO I IF-2020-29151030-GDEBA-SSEDGCYE de la RESOC 2815-2020,
para el acompañamiento de los grupos de estudiantes en Verano ATR, las/os
docentes se organizarán como parejas pedagógicas integradas por una/un docente
de Educación Física (Profesor
1) y una/un docente de otro nivel / modalidad de enseñanza (Profesor 2). Para
ello se ha establecido el siguiente criterio:
PROFESOR 1
Educación
Física.
PROFESOR 2
1. Docentes de la
modalidad Artística.
2. Maestras/os de Nivel Primario.
3. Profesor/a de
Prácticas del Lenguaje/Literatura.
4.
Profesor/a de Matemáticas.
5. Preceptor.
Es importante
destacar que si el Profesor 1 no se cubre con docentes de Educación física, se
continuará con el criterio de prioridades del Profesor 2.
Rita Malano. Secretaria