Secretaría de Asuntos Docentes informa documentación recibida sobre CALIFICACIÓN ANUAL DOCENTE 2019.
INSTRUCTIVO
CALIFICACIÓN ANUAL DOCENTE
La Calificación
Anual Docente se enmarca en los Artículos 65 y 127 al 131 de la Ley 10579 y sus
reglamentaciones. Decretos Reglamentarios 2485/92 y 441/93 y Resolución
7612/98.
En cada ciclo lectivo, la Planilla Resumen
de Calificación deberá ser impresa desde el S E R V AD O PDD (Programa de
Designaciones y Desempeños). Para ello, es de suma necesidad tener en cuenta
las siguientes cuestiones:
Mantener
actualizado el PDD de la institución a su cargo, de acuerdo con el instructivo
v i g e n t e
http://servicios2.abc.gov.ar/servaddo/calificacion.anual.docente/archivos/instructivo_pdd.pdf
Registrar los
destinos de los agentes titulares en su servicio que poseen un “Cambio de
Ocupación” (Funciones transitorias en Cargos Jerárquicos, Servicios
Provisorios, Cambio de Funciones, Recalificación por ART, Reubicación
Transitoria, etc). Una vez realizado dicho registro, el sistema relacionará
ambos desempeños (el de la escuela de origen y el de la escuela de destino) y
se destacará en color verde el desempeño de origen, de no relacionarlos
permanecerá en color violeta.
Para calificar a
los docentes de su Institución deberá ingresar al PDD como lo hace
habitualmente, allí podrá visualizar todos los desempeños que se encuentran
cargados, los mismos figuran en estado “sin calificar”. La calificación se
deberá efectuar usando el botón “CAD!” y la misma quedará grabada en la escala
numérica correspondiente.
Si un agente no
es calificado debido a que no posee las condiciones, porque posee algún cambio
de ocupación en otro servicio educativo o por algunas de las causales que la
normativa establece, se deberá consignar la causal y se visualizará como “N/C”
Cuando se haya
finalizado la calificación de la totalidad del personal docente del servicio,
deberá imprimir la planilla resumen mediante el botón “Planilla Resumen CAD”.
La calificación
de los cargos jerárquicos debe cargarse desde el PDD
por la Secretaría
de Asuntos Docentes del distrito, como asi también los cargos Jerárquicos de
las Jefaturas Regionales y Distritales.
Una vez impresa
la planilla, se deberá proceder a la notificación del personal conforme a la
normativa legal vigente. Si el PDD se encuentra debidamente cumplimentado, la
impresión para la notificación tendrá de manera automática todos los datos
necesarios.
DOCUMENTO DE APOYO CALIFICACION ANUAL DOCENTE 2019
Procedimiento de conformación y
gestión de la “Planilla Resumen de Calificación Anual Docente 2019”
En el marco
de la Calificación Anual Docente 2019, a realizarse del 1° al 15 de noviembre
del presente año, conforme al calendario de Actividades docentes 2019, se
informa que el presente documento, se utilizará para la confección de la
planilla Resumen de Calificación Anual Docente 2019 a través del Programa de
Desempeño y Calificaciones (PDD 2019).
Ante consultas se deberán remitir a la reglamentación vigente y/o
consultar con la instancia Jerárquica superior.
Aspectos Generales a tener en cuenta :
Plazos:
Período de
confección y notificación
(SET 4): desde el 1°y hasta el 15 de noviembre.
Período de carga
de calificaciones en PDD: desde el 1°de noviembre y hasta el 6 de diciembre
2019.
Período de
generación de planilla resumen de Calificación Anual Docente 2019, desde el 15
al 30 de noviembre 2019.
Observaciones:La
Planilla Resumen de Calificación Anual Docente podrá ser regenerada y se podrá
notificar hasta el 30 de noviembre.
Docentes con condiciones de calificar:
Los docentes
Titulares, Titulares Interinos, Provisionales y Suplentes con desempeño efectivo
durante el ciclo lectivo 2019, en los lapsos mínimos previstos en Ley 10579,
Decretos Reglamentarios 2485/92 y 441/93, Artículos 65, 127 y 129; y Resolución
7612/98.
·
Titulares, provisionales y suplentes: desempeño
efectivo no menor de treinta (30) días corridos.
Titulares Interinos: desempeño efectivo no menor
de tres (3)meses corridos de prestación de servicios.
Res.7612 del 30/12/1998
Artículo 1°.- Definir al
desempeño efectivo, con relación a los artículos 65 y 127 de la Ley 10.579 y su
reglamentación, como aquel en el que
un docente se encuentra a cargo de su función sin que sea reemplazado por un
suplente.–
Artículo 2°.- Determinar que cuando el
docente que debe ser calificado, haya hecho uso de una licencia por plazo menor
a cinco días sin que sea necesario su reemplazo por otro podrá considerarse
como "corrido".-
Artículo 3°.- Establecer que
la suma de desempeño en un año que resulte mayor al 50% de los días hábiles,
son evaluables a efectos de la calificación. –
Causales para no ser calificado o de inhibición para calificar:
Ley 10579, y
su reglamentación Artículos 130 y 131.
· ART 130 a :investigación presumarial o
sumario sin resolución
· ART 130 b :no cumplir con el lapso de
desempeño mínimo requerido
·
ART 131 a) , b),
c), d) y e)
Responsables de la validación y gestión de carga
·
El personal jerárquico de cada Institución Educativa
·
Organismos Descentralizados en cada Distrito y Región (
Secretarias de Asuntos Docentes y Jefaturas Regionales y Distritales)
·
Organismo de la Administración Central.
Consideraciones
específicas:
Situaciones de calificación de docentes con desempeño
transitorio en otro cargo y/o Institución distinta del cargo base titular:
·
Funciones transitorias en
Cargos Jerárquicos,
·
Servicios Provisorios,
·
Cambio de Funciones,
·
Recalificación por ART
·
Reubicación Transitoria.
IMPORTANTE: Estas situaciones deberán
ser informadas PREVIAMENTE en PDD 2019 (CAMBIO DE FUNCIÓN) en el
campo Observaciones correspondiente al cargo base y en el que corresponde al
desempeño transitorio, se consignará la respectiva aclaración.
La institución
Educativa u Organismo donde se desempeñen las funciones jerárquicas
transitorias con situación de revista suplente o provisional, Servicios
Provisorios, Cambio de Funciones, Recalificación por ART o Reubicación
Transitoria, se consignará al docente y la calificación obtenida.
En el campo
observaciones :Se indicará el cargo base relevado y N° de Disposición
en el caso de las Funciones Jerárquicas Transitorias.
·
En el Cargo
de base:
En la
Institución Educativa u Organismo donde se halle el cargo base relevado, el
agente calificador incluirá al docente en la planilla consignando el cargo de
base, con la calificación obtenida en las funciones jerárquicas transitorias,
Servicio Provisorio, Cambio de Funciones, Recalificación por ART o Reubicación
transitoria.
En el campo
Observaciones: Se indicará que la calificación fue obtenida en el
desempeño transitorio por el que se encuentra relevado por las causales
estatutarias referidas, ya sea en la misma u otra Institución del mismo o distinto
distrito.
Cabe aclarar que de acuerdo a lo acordado en mesa de SERVADO, se
establece que las Secretarias de Asuntos Docentes tendrá la función de cargar
las Calificaciones del personal Jerárquico del establecimiento educativo, así
como también de las Jefaturas Distritales.
La nómina de personal jerárquico estará disponible en cada Secretaria
de Asuntos Docentes del distrito y desde allí se procederá a realizar la carga
de los mismos. Al finalizar la carga, se podrá imprimir en formato
"Planilla Resumen de Calificaciones 2019".
RITA MALANO - Secretaria.