lunes, 15 de marzo de 2021

NOTA N° 124: ACLARACIÓN SOBRE IGE 103135 PR - JI N° 901

                                                         Gral Arenales, 15 de marzo de 2021

SAD de Gral Arenales aclara, ya que recientemente lo informa la Institución,  que en el ige  103135 PR- JI N° 901, está concedido un MAD 2021, con fecha toma de posesión: 5 de abril del corriente.  

                                                                          Rita Malano. Secretaria.                                                         

miércoles, 10 de marzo de 2021

NOTA N° 123: COMUNICADO SOBRE DÍAS POR VACUNACIÓN- COVID 19

                                                                    Gral Arenales 10 de marzo de 2021

           COMUNICADO SOBRE DÍAS POR VACUNACIÓN - COVID 19

En el marco de lo estipulado en la Resolución N° 459/21 del ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, se informa a las y los agentes que podrán justificar el día para la vacunación –a través de la aplicación Mis Licencias–siempre que sea coincidente con su día laboral. En dichos casos, deberán adjuntar la constancia que acredite la aplicación de la vacuna.

En caso de presentar, luego de la vacunación, eventos adversos supuestamente atribuibles a la vacunación e inmunización (ESAVI), que deben ser notificados al sistema de salud, podrán solicitar en forma diaria la licencia con el diagnóstico: "CV - Efectos Secundarios vacunación COVID-19". Para documentar esta circunstancia deberán adjuntar la notificación de la aplicación VACUNARTE o CUIDAR.

Para realizar la solicitud :

Ingresá a la App Mis Licencias y seleccioná el diagnóstico con el prefijo:

"CV - VACUNACION COVID - 19"para solicitar justificar el día de tu vacunación.

Para realizar la solicitud por efectos adversos por vacunación

Ingresá a la App Mis Licencias y seleccioná el diagnóstico  con el prefijo:

"CV - Efectos Secundarios Vacunación COVID - 19"

Para ambos casos: Ingresá la Matrícula Provincial 4592021 cuando solicite el profesional que emitió la licencia

Adjuntá la constancia de VACUNARTE o de CUIDAR a la aplicación. Tanto en caso de vacunación como de efectos adversos.

                                                                           Rita Malano. Secretaria


lunes, 8 de marzo de 2021

NOTA N° 122: PEDIDO A LOS ESTABLECIMIENTOS QUE SE ENCUENTRAN CON EL PROGRAMA FORTE

                                                                             Gral. Arenales 8 de marzo de 2021

Secretaría de Asuntos  Docentes de Gral. Arenales solicita a los Establecimientos que se encuentran dentro del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO  DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS: FORTE,    E.P N°1- E.P N° 3- E.P N° 4- E.P N° 6- E.E.S N° 2- E.E.S N°3- E.E.S N° 4, que envíen por SUNA las solicitudes de cobertura, tal como lo indica  el manual que se envió el día 3 de marzo del corriente.

Se solicita mandarlo a la brevedad, dada la proximidad del cierre de carga del sistema Host.

                                                                    RITA  MALANO. SECRETARIA

martes, 2 de marzo de 2021

NOTA N° 121 OFERTAS APD- DECLARACIÓN JURADA DE SALUD

                                                                         General Arenales, 2 de marzo de 2021

Secretaría de Asuntos Docentes de General Arenales informa que ya se encuentran publicadas las  ofertas de todos los niveles (menos Secundario) y modalidades recibidas hasta la fecha.

Los aspirantes podrán postularse hasta el día jueves 4/03 a las 10hs.

Las ofertas del Nivel Secundario se verán a partir de mañana y los aspirantes podrán postularse hasta el día  viernes 5/03 a las 10hs.

Se adjunta la Declaración Jurada  de Salud que deben subir en la postulación.

DECLARACIÓN JURADA DE SALUD.

                                                                     Rita Malano. Secretaria


lunes, 1 de marzo de 2021

NOTA N° 120: RESOLUCION FIRMA CONJUNTA

                                                                     General Arenales, 01 de marzo de 2021

Secretaría de Asuntos Docentes de General Arenales difunde:

                                                  Resolución firma conjunta

Número: RESOC 2021-634- GDEBA-DGCYE

Visto el Expediente EX-2021-3739823-GDEBA-SDCADDGCYE y la Resolución RESOC-20202008-GDEBA-DGCYE y; 


CONSIDERANDO:

 Que  en  virtud  de  la  Pandemia  declarada  por  la  Organización  Mundial  de  la  Salud  (OMS) en relación  con  el  virus  COVID-19,  las  autoridades  nacionales  y  provinciales  tomaron diferentes medidas tendientes a evitar la propagación del mencionado virus y a proteger la salud pública; 

Que  por  medio  del  Decreto  N°  260/20  el  Poder  Ejecutivo  Nacional  amplió  la  emergencia pública en  materia  sanitaria  establecida  por  Ley  N°  27.541,  por  el  plazo  de  un  (1)  año  a partir  de  su entrada en vigencia;

 Que,  posteriormente,  el  Poder  Ejecutivo  Nacional  dispuso,  mediante  el  Decreto  N°  297/20, la medida de “Aislamiento  Social,  Preventivo  y  Obligatorio”  para  todas  las  personas  que habitan  en el  país  o  se  encuentren  en  él  en  forma  temporaria,  desde  el  20  hasta  el  31 de  marzo  de  2020 inclusive,  el  que  se  prorrogó  a  través  de  los  Decretos  N°  325/20,  N° 355/20,  N°  408/20,  N°459/20, N° 493/20 y N° 520 hasta el 28 de junio de 2020 inclusive, en este último caso, solo para aquellas  grandes  aglomeraciones  urbanas,  disponiéndose  la  medida de  “Distanciamiento  Social Preventivo y Obligatorio” para el resto del país; 

Que la medida fue, a su vez, prorrogada por medio de los Decretos N° 576/2020, N° 605/2020, y 641/2020, 677/2020, N° 714/2020 , N° 754/20, N° 792/20, N° 814/20, N° 875/20, 956/20, 1033/20 y 67/2021 hasta el 28 de febrero del corriente año, 

Que  los  capítulos  XIII  y  XV  del  Estatuto  del  Docente,  aprobado  por  la  Ley  N°  10579, modificatorias y Decretos Reglamentarios, establecen y definen las condiciones para efectuar las solicitudes, el tratamiento  y otorgamiento de  las acciones de traslado y acrecentamiento, para el personal docente, en situación de revista titular 

Que por Resolución 2008/2020 de esta Dirección General se aprobó el procedimiento  para  las solicitudes  del  Movimiento  Anual  Docente  y Acrecentamiento  2020 mediante el desarrollo  de 
un módulo  de  solicitud  específico dentro  de  la plataforma  SERVADO,  garantizando  los extremos  previstos  en  los  artículos  55  y  75  de  la  Ley 10579/87  y  sus  Decreto Reglamentario  y  Modificatoria  (Decreto  N°  2485/92,-  modificado  por  el Decreto N° 441/95). 

Que en  esta inteligencia,  la adopción por parte de esta Dirección General de medidas conducentes  a  fin  que  los  y  las  docentes  del  sistema  educativo  provincial  puedan  ejercer el derecho a la carrera docente  en  las condiciones  actuales, torna necesario la reformulación de los plazos de las distintas acciones estatutarias, 

Que asimismo el capítulo XVIII del Estatuto Docente Ley 10579 regula lo relativo a los servicios provisorios docentes, indicando en su artículo 102 que los mismos finalizarán al 31 de diciembre de cada año;

 Que en este aspecto y siguiendo los lineamientos expuesto en el ámbito de las condiciones actuales de emergencia sanitaria, deviene procedente prorrogar la vigencia de dichos servicios provisorios, en la medida que subsistan las razones que justificaron la concesión de los mismos; 

Que en este orden de ideas, es dable mencionar que la Resolución CFE N° 366/20 estableció que resulta pertinente considerar el período comprendido entre septiembre de 2020 y marzo/abril de 2021 como una unidad temporal que posibilite la intensificación, evaluación, acreditación y/o promoción de los aprendizajes, organizada de acuerdo con las definiciones que, en referencia a esa etapa, establezca cada jurisdicción. 

Que, corresponde dejar establecido que la presente medida ha sido presentada y trabajada en el ámbito  institucional  de  cogestión,  conforme  lo  establecido  en  el  Artículo  9°  del  Estatuto  del Docente, aprobado por la Ley N° 10.579, con las asociaciones gremiales docentes con personería o  inscripción  gremial  con  actuación  en  la  Dirección  General  de  Cultura  y  Educación,  que representan a las trabajadoras y los trabajadores docentes de la Educación; 

Que  en  uso  de  las  facultades  conferidas  por  el  artículo  69,  inciso  e) k) e y),  de  la  Ley  N° 13688,resulta viable el dictado del pertinente acto administrativo; 

Por ello,

        LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
            RESUELVE:

 ARTÍCULO 1°: Prorrogar los Servicios Provisorios otorgados en los términos del artículo 103 del Estattuo Docente Ley 10579 en el año ciclo lectivo 2020, hasta el 31 de marzo del corriente año, en la medida que subsistan las condiciones que justificaron la concesión de los  mismos.

 ARTÍCULO 2°: Establecer como fecha de toma de posesión de los/las docentes que hubieren sido reubicados en forma definitiva, el 05 de abril de 2021, en los establecimientos educativos de destino.

 ARTÍCULO 3°: Establecer como fecha de toma de posesión de los/as docentes con cargos base, con cargos jerárquicos e inspectoras/es que hubieren accedido por Movimiento Anual Docente (MAD-MADI) y Acrecentamiento 2020/2021, el 05 de abril de 2021 en los establecimientos educativos de destino otorgado.

 ARTÍCULO 4°: La toma de posesión de las acciones estatutarias mencionadas precedentemente se realizarán en el orden de prelación establecido en el capítulo XI DEL DESTINO DE LAS VACANTES de la ley N° 10579

 ARTÍCULO 5°: Establecer que en el período comprendido entre el 06 de abril y el 12 de abril del 2021, deberán tomar destino definitivo los y las docentes que hubieren sido designados interinos en el año 2020. También podrán tomar destino definitivo, durante el mismo período, quienes
hubiesen sido designados con el mismo carácter en años anteriores y no hubieren realizado el destino definitivo por las causales establecidas en el artículo 65 de la Ley N° 10579/87 y su reglamentación o renovar sus propuestas a nombramiento las y los docentes alcanzados por el artículo mencionado.

 ARTÍCULO 6°: Establecer que se realizará en un mismo acto en el mes de diciembre de 2021 el ingreso (titularizaciones interinas) y el destino definitivo en cargos, horas y/ o módulos con el listado 2020/2021.

 ARTÍCULO 7°: Determinar que los servicios provisorios solicitados para el ciclo lectivo  2021, serán notificados a partir del 06 de abril del corriente año. 

ARTÍCULO 8°. Disponer que la presente será refrendada por las Subsecretarías de Educación y de Administración y Recursos Humanos.

 ARTÍCULO 9°. Registrar   esta   resolución   en   la   Dirección   de   Coordinación   Administrativa. Comunicar  a  las  Subsecretarías  de  Educación  y  de  Administración  y  Recursos  Humanos,  a las Direcciones de Gestión de Asuntos Docentes, de Inspección General,  a  las Direcciones  de Nivel y Modalidad, a los Tribunales  de Clasificación Centrales y Descentralizados  y por estos últimos  a quienes corresponda. Cumplido, archivar.

                                                              Rita Malano. Secretaria

NOTA N° 119: COMUNICADO SOBRE DISPENSAS LABORALES POR GRUPO DE RIESGO

                                                                     General Arenales, 01 de marzo de 2021

Secretaria de Asuntos Docentes de General Arenales difunde:

  COMUNICADO SOBRE DISPENSAS LABORALES POR GRUPO DE RIESGO 

 Atento al inicio del ciclo lectivo 2021 y en el marco de la Resolución N° 416/21 de la Dirección General de Cultura y Educación, se han llevado adelante diversas acciones para garantizar la presencialidad, entre ellas la solicitud de excepciones a la presencialidad por pertenecer a un grupo de riesgo. Para quienes presentan esta condición el plazo de presentación ha vencido el 22/2/2021 y hemos mantenido hasta el 28/02/2021 la carga esas solicitudes.

 Muchos agentes han remitido incompleta la solicitud de reempadronamiento, las cuales inicialmente fueron denegadas por contar con información médica insuficiente para su evaluación.  

 A los fines de evitar que un colectivo crítico en términos de pandemia COVID 19 no pueda acreditar su trabajo no presencial, y cumplir con una presencialidad cuidada y supone cuidar a nuestros trabajadores, estamos cambiando las denegatorias por falta de documentación a solicitudes en trámite y los agentes tendrán hasta el 31 de marzo para adjuntar la documentación faltante (historia clínica completa y estudios complementarios – cuya valor diagnóstico puede certificarlo en médico en la historia clínica sin necesidad de que sean nuevos). Los agentes recibirán un correo electrónico con la notificación de que deberán adjuntar la documentación.  

Tampoco se rechazarán hasta esa fecha por falta de documentación las solicitudes en trámite, pudiendo incorporarlas mientras este en proceso de evaluación. 

Al 1º de abril es indispensable haber completado la documentación requerida para continuar con el uso de la excepción a la presencialidad. Pasado la fecha establecida en el párrafo anterior, se realizarán las auditorias que correspondan nuevamente quedando firme el resultado de las mismas. 

En MIS LICENCIAS Y en SUNA podrá consultarse el correcto estado de las solicitudes de excepción a partir del día martes 2 de marzo. Lo que ese día permanezca como denegado debe reiniciar la vuelta a la presencialidad. 

LOS EQUIPOS DIRECTIVOS: 

 Los equipos directivos podrán realizar la solicitud de cobertura extraordinaria establecida en la Resolución N° 416/20 de la Dirección General de Cultura y Educación, aprobadas o las que se encuentren en evaluación (incluidas las que hasta el día 26/02/2021 figuraban como denegadas por falta de documentación y pasarán a estado solicitud).

 En el caso de las dispensas en evaluación se recuerda que al momento de resolución de las mismas, en caso de que sea confirmada la denegatoria, dicha cobertura extraordinaria deberá cesar. 

                                                                         Rita Malano. Secretaria

NOTA N° 118: TÉLEFONO PARA CONSULTAS- ACLARACIONES APD

                                                                  Gral. Arenales, 01 de marzo de 2021

Secretaría de Asuntos Docentes de General Arenales informa que momentáneamente sólo funciona el teléfono 460645. 

Se solicita estar atentos diariamente a la OFERTAS PUBLICADAS y a las ACLARACIONES DIFUNDIDAS EN EL BLOG.

                                                                                     Rita Malano. Secretaria