sábado, 27 de febrero de 2021

NOTA N° 117: INSTRUCTIVO POSTULACIÓN APD (Acto Público Digital)

                                                             General Arenales, 27 de febrero de 2021

En virtud a inconvenientes y consultas realizadas en relación a las postulaciones en APD, se recuerda que hay un instructivo en la página ABC SERVICIOS. " APD: NUEVA MODALIDAD POSTULACIÓN" . Se comparte el instructivo para su conocimiento. 

INSTRUCTIVO POSTULACIÓN APD

                                                                        SAD Gral. Arenales




viernes, 26 de febrero de 2021

NOTA N° 116 OFERTAS FORTE RE PUBLICADAS

                                                         Gral Arenales, 26 de febrero de 2021

Secretaria de Asuntos Docentes de Gral.  Arenales informa que, se encuentran  re publicadas las ofertas correspondientes al Programa de Fortalecimiento de las Trayectorias Educativas: FORTE.

Los interesados podrán postularse hasta el día 01 /03/21 a las 10 hs.

                                                                                             SAD Gral. Arenales

jueves, 25 de febrero de 2021

N° 115: RESOLUCIÓN CONJUNTA

                                                                Gral. Arenales, 25 de febrero de 2021   

Secretaría de Asuntos comunica Resolución Conjunta:

                                                        Resolución firma conjunta

Número: RESOC 2021-634 GDEBA- SDCADDGCYE

Referencia: EX-2021-3739823-GDEBA-SDCADDGCYE

___________________________________________________________________


Visto el Expediente EX-2021-3739823-GDEBA-SDCADDGCYE y la Resolución RESOC-20202008-GDEBA-DGCYE y;

 CONSIDERANDO:

 Que  en  virtud  de  la  Pandemia  declarada  por  la  Organización  Mundial  de  la  Salud  (OMS) en relación  con  el  virus  COVID-19,  las  autoridades  nacionales  y  provinciales  tomaron diferentes medidas tendientes a evitar la propagación del mencionado virus y a proteger la salud pública;

 Que  por  medio  del  Decreto  N°  260/20  el  Poder  Ejecutivo  Nacional  amplió  la  emergencia pública en  materia  sanitaria  establecida  por  Ley  N°  27.541,  por  el  plazo  de  un  (1)  año  a partir  de  su entrada en vigencia;

 Que,  posteriormente,  el  Poder  Ejecutivo  Nacional  dispuso,  mediante  el  Decreto  N°  297/20, la medida de “Aislamiento  Social,  Preventivo  y  Obligatorio”  para  todas  las  personas  que habitan  en el  país  o  se  encuentren  en  él  en  forma  temporaria,  desde  el  20  hasta  el  31 de  marzo  de  2020 inclusive,  el  que  se  prorrogó  a  través  de  los  Decretos  N°  325/20,  N° 355/20,  N°  408/20,  N°459/20, N° 493/20 y N° 520 hasta el 28 de junio de 2020 inclusive, en este último caso, solo para aquellas  grandes  aglomeraciones  urbanas,  disponiéndose  la  medida de  “Distanciamiento  Social Preventivo y Obligatorio” para el resto del país;

 Que la medida fue, a su vez, prorrogada por medio de los Decretos N° 576/2020, N° 605/2020, y 641/2020, 677/2020, N° 714/2020 , N° 754/20, N° 792/20, N° 814/20, N° 875/20, 956/20, 1033/20 y 67/2021 hasta el 28 de febrero del corriente año,

 Que  los  capítulos  XIII  y  XV  del  Estatuto  del  Docente,  aprobado  por  la  Ley  N°  10579, modificatorias y Decretos Reglamentarios, establecen y definen las condiciones para efectuar las solicitudes, el tratamiento  y otorgamiento de  las acciones de traslado y acrecentamiento, para el personal docente, en situación de revista titular

 Que por Resolución 2008/2020 de esta Dirección General se aprobó el procedimiento  para  las solicitudes  del  Movimiento  Anual  Docente  y Acrecentamiento  2020 mediante el desarrollo  de un módulo  de  solicitud  específico dentro  de  la plataforma  SERVADO,  garantizando  los extremos  previstos  en  los  artículos  55  y  75  de  la  Ley 10579/87  y  sus  Decreto Reglamentario  y  Modificatoria  (Decreto  N°  2485/92,-  modificado  por  el Decreto N° 441/95). 

Que en  esta inteligencia,  la adopción por parte de esta Dirección General de medidas conducentes  a  fin  que  los  y  las  docentes  del  sistema  educativo  provincial  puedan  ejercer el derecho a la carrera docente  en  las condiciones  actuales, torna necesario la reformulación de los plazos de las distintas acciones estatutarias,

Que asimismo el capítulo XVIII del Estatuto Docente Ley 10579 regula lo relativo a los servicios provisorios docentes, indicando en su artículo 102 que los mismos finalizarán al 31 de diciembre de cada año; 

Que en este aspecto y siguiendo los lineamientos expuesto en el ámbito de las condiciones actuales de emergencia sanitaria, deviene procedente prorrogar la vigencia de dichos servicios provisorios, en la medida que subsistan las razones que justificaron la concesión de los mismos; 

Que en este orden de ideas, es dable mencionar que la Resolución CFE N° 366/20 estableció que resulta pertinente considerar el período comprendido entre septiembre de 2020 y marzo/abril de 2021 como una unidad temporal que posibilite la intensificación, evaluación, acreditación y/o promoción de los aprendizajes, organizada de acuerdo con las definiciones que, en referencia a esa etapa, establezca cada jurisdicción.

 Que, corresponde dejar establecido que la presente medida ha sido presentada y trabajada en el ámbito  institucional  de  cogestión,  conforme  lo  establecido  en  el  Artículo  9°  del  Estatuto  del Docente, aprobado por la Ley N° 10.579, con las asociaciones gremiales docentes con personería o  inscripción  gremial  con  actuación  en  la  Dirección  General  de  Cultura  y  Educación,  que representan a las trabajadoras y los trabajadores docentes de la Educación;

 Que  en  uso  de  las  facultades  conferidas  por  el  artículo  69,  inciso  e) k) e y),  de  la  Ley  N° 13688,resulta viable el dictado del pertinente acto administrativo; Por ello,

                          LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

                                                              RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Prorrogar los Servicios Provisorios otorgados en los términos del artículo 103 del Estattuo Docente Ley 10579 en el año ciclo lectivo 2020, hasta el 31 de marzo del corriente año, en la medida que subsistan las condiciones que justificaron la concesión de los  mismos.

 ARTÍCULO 2°: Establecer como fecha de toma de posesión de los/las docentes que hubieren sido reubicados en forma definitiva, el 05 de abril de 2021, en los establecimientos educativos de destino.

 ARTÍCULO 3°: Establecer como fecha de toma de posesión de los/as docentes con cargos base, con cargos jerárquicos e inspectoras/es que hubieren accedido por Movimiento Anual Docente (MAD-MADI) y Acrecentamiento 2020/2021, el 05 de abril de 2021 en los establecimientos educativos de destino otorgado.

 ARTÍCULO 4°: La toma de posesión de las acciones estatutarias mencionadas precedentemente se realizarán en el orden de prelación establecido en el capítulo XI DEL DESTINO DE LAS VACANTES de la ley N° 10579

 ARTÍCULO 5°: Establecer que en el período comprendido entre el 06 de abril y el 12 de abril del 2021, deberán tomar destino definitivo los y las docentes que hubieren sido designados interinos en el año 2020. También podrán tomar destino definitivo, durante el mismo período, quienes hubiesen sido designados con el mismo carácter en años anteriores y no hubieren realizado el destino definitivo por las causales establecidas en el artículo 65 de la Ley N° 10579/87 y su reglamentación o renovar sus propuestas a nombramiento las y los docentes alcanzados por el artículo mencionado. 

ARTÍCULO 6°: Establecer que se realizará en un mismo acto en el mes de diciembre de 2021 el ingreso (titularizaciones interinas) y el destino definitivo en cargos, horas y/ o módulos con el listado 2020/2021.

 ARTÍCULO 7°: Determinar que los servicios provisorios solicitados para el ciclo lectivo  2021, serán notificados a partir del 06 de abril del corriente año.

 ARTÍCULO 8°: Disponer que la presente será refrendada por las Subsecretarías de Educación y de Administración y Recursos Humanos.

 ARTÍCULO 9°: Registrar   esta   resolución   en   la   Dirección   de   Coordinación   Administrativa. Comunicar  a  las  Subsecretarías  de  Educación  y  de  Administración  y  Recursos  Humanos,  a las Direcciones de Gestión de Asuntos Docentes, de Inspección General,  a  las Direcciones  de Nivel y Modalidad, a los Tribunales  de Clasificación Centrales y Descentralizados  y por estos últimos  a quienes corresponda. Cumplido, archivar.


                                                                        SAD Gral. Arenales




                       

miércoles, 24 de febrero de 2021

NOTA N° 114: NUEVAS OFERTAS PROGRAMA FORTE NIVEL PRIMARIO

                                                                       Gral. Arenales, 24 de febrero de 2021

Secretaría de Asuntos Docentes de General Arenales comunica que se encuentran cargadas nuevas ofertas correspondientes al Programa Forte Nivel Primario ( PP N° 4). Los interesados podrán postularse hasta el día 26/02/21 a las 10hs.

                                                                      SAD Gral. Arenales.

martes, 23 de febrero de 2021

NOTA N° 113: OFERTAS PROGRAMA FORTE Nivel Secundario

                                                                         Gral Arenales 23 de febrero de 2021


Secretaria de Asuntos Docentes de Gral.  Arenales informa que ya se encuentran cargadas las ofertas correspondientes al Programa FORTE del Nivel Secundario.

Los interesados podrán postularse hasta el día 25/02/21 a las 10hs.

Si se reciben nuevos pedidos de algún Establecimiento que aún no pudo enviarlo, se informará al momento de la carga.

                                                                            SAD Gral. Arenales.

NOTA N° 112 OFERTAS PROGRAMA FORTE

                                                                          Gral Arenales, 23 de febrero de 2021

Secretaría de Asuntos Docentes de General Arenales comunica que ya se encuentran publicadas las ofertas correspondientes al PROGRAMA FORTE Nivel Primario. Los interesados podrán postularse hasta el día 25/02/2021 a las 10hs.

Se recuerdan los requisitos que los docentes deben presentar al momento de la postulación a los MÓDULOS PRESENCIALES DE FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS:

a. Tener el perfil específico de acuerdo a los saberes prioritarios y nivel de enseñanza a

fortalecer.

b. No tener, en todos sus desempeños activos, más de UN (1) CARGO (jornada simple o

extendida) o CATORCE (14) MODULOS o su equivalente en cargos y módulos.

c. No superar, en todos sus desempeños activos, con la nueva designación ni con otras que tome

con posterioridad y en forma simultánea DOS (2) CARGOS o VEINTIOCHO (28) MODULOS.

d. Ser menor de 59 años y 6 meses.

e. Tener condiciones de salud para realizar actividades presenciales no estando alcanzado por

los grupos de riesgo establecidos por la Resolución No207/2020 del Ministerio de Trabajo de la

Nación y, complementariamente, la Resolución No 90/2020 del Ministerio Jefatura de Gabinete de

Ministros de la Provincia de Buenos Aires.

A los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Apartado e) del presente artículo deberá presentar

una Declaración Jurada de Salud que se ajunta  al momento de la postulación.

DECLARACIÓN JURADA DE SALUD

Los Módulos de Nivel Secundario estarán publicados a la brevedad, cuando se reciban de los Establecimientos.

                                                    

                                                         SAD Gral. Arenales



lunes, 22 de febrero de 2021

NOTA N° 111- Comunicado Programa FORTE.

                                       General Arenales, 22 de febrero de 2021


Secretaría de Asuntos Docentes informa a los directivos de los establecimientos que  se encuentran incluídos en el programa FORTE, deben enviar a este Organismo ACTA donde consten los docentes de la institución que han sido reasignados para esta función, (especificando Módulos, cantidad, materia y datos del docente).

Dicha información se solicita a los fines de ser relevados a instancias superiores que lo están requiriendo.

Plazo de entrega: día martes 23 de febrero a las 17.00 hs., vía mail.


                                             RITA MALANO - Secretaria.

jueves, 18 de febrero de 2021

NOTA N° 110: ATENCIÓN TELEFÓNICA

                                                                                  18  de Febrero de 2021

Secretaría de Asuntos Docentes de General Arenales informa que la atención telefónica es de lunes a viernes de 7 a 14 hs, a los teléfonos 460117 y 460645. 

                                                                           Rita Malano. Secretaria

viernes, 12 de febrero de 2021

NOTA N° 109: INSCRIPCIÓN 108 A Y B IN FINE

                                                                  Gral. Arenales, 12 de febrero de 2021

Secretaría de Asuntos Docentes de General Arenales comunica que a partir del 17 de febrero del corriente, se encuentra abierta la Inscripción para los LISTADOS 108 A Y B IN FINE.

La documentación deberá enviarse al correo: sad035@abc.gob.ar

Se difunden las pautas para la Inscripción:

*Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura

* La Declaración Jurada a utilizar será la misma que se venía usando a tal fin y que los aspirantes podrán descargar desde el Portal ABC, ingresando al siguientes link: http://servicios.abc.gov.ar/servaddo/puntaje.ingreso.docencia/formularios/in_fine/decl aracion_jurada_infine_2020.pdf 5) 

* Importante: Si resultare designado un docente cuya documentación para inscripción en Listado In Fine (A o B), hubiera sido remitida por correo electrónico, la SAD deberá contar dentro de las 24 horas de la designación, con la documentación original que avale dicha inscripción.

El docente designado se  comunicará con la SAD para acordar la entrega de dicha Inscripción.

REQUISITOS PARA REALIZAR LA INSCRIPCIÓN LISTADOS 108 A Y B IN - FINE 2021

 Las mismas se llevan a cabo a través de las Secretarías de Asuntos Docentes de cada distrito a través del correo electrónico anteriormente mencionado.

 Las inscripciones se realizarán por un solo distrito, la documentación será presentada y recepcionada en el distrito de inscripción.

 La inscripción para los demás distritos que desea solicitar el aspirante,  se hará por el distrito de inscripción con una declaración jurada por cada distrito solicitado.

 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

 En todos los listados en los que aspire ingresar el docente, deberá presentar: 

- Planilla de declaración Jurada: planillas de inscripción, Declaración Jurada Listado 108 A y B In Fine 2021

- Las mismas se descargan desde la página www.abc.gob.ar

 - Fotocopia de DNI, anverso y reverso.

 TITULOS HABILITANTES

PARA LISTADO 108 A:

- Fotocopia del título habilitante, registrado en la D.G.C. y E.

PARA LISTADO 108 B:

- Fotocopia del título secundario, registrado en la D.G.C. y E. (sólo en los casos que su condición

de título lo requiera)

- Constancia de título en Trámite o certificado de alumno regular actualizado al momento de la

inscripción donde se especifique la actualización (porcentaje) de las últimas materias aprobadas.

Cabe aclarar que la condición de alumno regular es determinante para ser habilitado en Listado Complementario 108 B y su In Fine.

                                                                     Rita Malano. Secretaria.


jueves, 11 de febrero de 2021

NOTA N° 108 PAUTAS DE INSCRIPCIÓN LISTADOS 108 A Y B 2020-2021

                                                                Gral. Arenales, 11 de Febrero de 2021

Secretaría de Asuntos Docentes de General Arenales comunica Pautas de Inscripción Listados 108A y B, 2020-2021, para su conocimiento y ejecución.

                     COMUNICACIÓN CONJUNTA N° 01/2021
                     Inscripción Listados 2020-2021
                     Listados 108 A.
                     Listados 108 A: Superior y Artística Terciaria 
                     Listados  108 B.
                     Listados 108 B: Superior y Artística Terciaria 

                       PAUTAS PARA LA INSCRIPCIÓN 108 A
Consideraciones de Ingreso por autogestión por primera vez:
 El aspirante podrá cumplimentar, a través de la plataforma ABC los datos requeridos en la Declaración Jurada Digital, sin necesidad de concurrir a la Secretaría de Asuntos Docentes.

 IMPORTANTE: En caso de ingresar en reiteradas oportunidades a efectos de agregar/rectificar información, será considerado como válido el último ingreso al sistema.

 Todos los archivos que se adjunten, deben tener el formato PDF, JPG, de otra forma el sistema no lo procesará.

 La inscripción al Ingreso a la Docencia de aquellos/as docentes que se inscriban por primera vez en el Listado Ampliatorio (108 A) se realizará de la siguiente manera:

 Se deberán registrar en la plataforma ABC. Una vez registrados, ingresarán a la solapa: “servicios.abc.gob.ar”- SERVADDO y se dirigirán al link que indica: inscripción, donde cumplimentarán la Declaración Jurada en línea para el listado 108 A.

Consideraciones para la carga de datos en la Declaración Jurada

 La Declaración Jurada, cumplimentada por el aspirante, generará un comprobante de inscripción, y le permitirá visualizar lo que ha declarado.

 1.- DATOS PERSONALES: Se considerarán los datos informados por el aspirante en Declaración Jurada. 

a) DOMICILIO: como domicilio real será considerado el que figura consignado en el DNI (adjuntado por el aspirante), de acuerdo con lo establecido en el Art. 60º inc. d) del Estatuto del Docente, Decretos Reglamentarios y Resolución Nº 784/03. Adjuntar DNI (frente y dorso) ESCANEADO, caso contrario no se le permitirá continuar con su declaración jurada de inscripción.

 2.- DISTRITOS SOLICITADOS: Se podrán solicitar como máximo tres (3) distritos, incluido o no, el de residencia. Si el interesado no consignó ninguno, no podrá continuar con su inscripción.

3.- NIVELES y/O MODALIDADES SOLICITADAS: El docente será habilitado para el ingreso a la docencia en los niveles y/o modalidades de acuerdo a los títulos que declare y que los mismos se encuentren habilitados conforme al Nomenclador.

 4.-CARGO TITULAR: Serán considerados los datos declarados por el interesado, teniendo especial atención en aquellos casos en que se hubiera modificado su situación de revista (acrecentamiento, titularización interina, renuncia, etc.). Cabe aclarar que se debe adjuntar constancia de los cargos/módulos/horas titulares que posea en cualquier servicio educativo.
 Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA.
 En caso de no poseer, omitir este ítem. 


5.-ANTIGÜEDAD y CALIFICACIÓN:

a) ANTIGÜEDAD el aspirante deberá consignar toda la antigüedad que posea hasta el 31/12/2019.

 b) CALIFICACIÓN: se consignarán las calificaciones certificadas (SET4) correspondientes a los dos (2) últimos años en que haya sido calificado el aspirante en el cargo, módulos y/u horas cátedra. La documentación probatoria que se adjunta deberá estar ESCANEADA. 
En caso de no poseer, omitir este ítem. 

6.- TÍTULOS HABILITANTES: Serán considerados todos los títulos que se encuentren en el nomenclador vigente.

 Observaciones:

 *Los títulos habilitantes podrán ser consultados en el nomenclador vigente publicado en el portal ABC. 

Adjuntar TÍTULO/S ESCANEADO/S, caso contrario no se le permitirá continuar con su declaración jurada de inscripción.

 En el caso de que el aspirante no cuente con el título correspondiente, se admitirán las constancias de los/as aspirantes egresados de los Institutos Superiores de Formación Docente y/o Técnico y de las instituciones ajenas a la DGCYE (Institutos y Universidades). Adjuntar Certificado/s ESCANEADO/S o FOTO. 

7.- TÍTULOS Y CURSOS BONIFICANTES: se consignará en la inscripción la denominación del título/cursos, el organismo que lo expidió y número de Resolución de plan de estudios. El mismo debe coincidir con la documentación escaneada.

 Observaciones:

 *Los títulos y/o cursos bonificantes podrán ser consultados en el nomenclador vigente publicado en el portal ABC. 

Adjuntar TÍTULO/S Y CURSOS BONIFICANTES ESCANEADOS

          PAUTAS PARA LA INSCRIPCIÓN 108 B 

Consideraciones de Ingreso por autogestión por primera vez 

El aspirante podrá cumplimentar, a través de la plataforma ABC los datos requeridos en la Declaración Jurada Digital, sin necesidad de concurrir a la Secretaría de Asuntos Docentes.

 IMPORTANTE: En caso de ingresar en reiteradas oportunidades a efectos de agregar/rectificar información, será considerado como válido el último ingreso al sistema.

 Todos los archivos que se adjunten, deben tener el formato PDF, JPG, de otra forma el sistema no lo procesará.

La inscripción al Ingreso a la Docencia de aquellos/as docentes que se inscriban por primera vez en el Listado Complementario (108 B) se realizará de la siguiente manera: 

Se deberán registrar en la plataforma ABC. Una vez registrados, ingresarán a la solapa: “servicios.abc.gob.ar”- SERVADDO y se dirigirán al enlace que indica: inscripción, donde cumplimentarán la Declaración Jurada en línea para el listado 108 B. 

Consideraciones para la carga de datos en la Declaración Jurada

 La Declaración Jurada, cumplimentada por el aspirante, generará un comprobante de inscripción, y le permitirá visualizar lo que ha declarado.

 1.- DATOS PERSONALES: Se considerarán los datos informados por el aspirante en Declaración Jurada.
 a) DOMICILIO: como domicilio real será considerado el que figura consignado en el DNI (adjuntado por el aspirante), de acuerdo con lo establecido en el Art. 60º inc. d) del Estatuto del Docente, Decretos Reglamentarios y Resolución Nº 784/03. Adjuntar DNI (frente y dorso) ESCANEADO, caso contrario no se le permitirá continuar con su declaración jurada de inscripción.

 2.- DISTRITOS SOLICITADOS: Se deberán consignar los distritos que solicite, incluido o no, el de residencia. Si el interesado no consignó ninguno, no podrá continuar con su inscripción. 

3.- NIVELES Y/O MODALIDADES SOLICITADAS: El docente será habilitado para el ingreso a la docencia en los niveles y/o modalidades de acuerdo a los títulos que declare y se encuentren habilitados conforme al Nomenclador.

4.-ANTIGÜEDAD y CALIFICACIÓN:

a) ANTIGÜEDAD: el aspirante deberá consignar toda la antigüedad que posea hasta el 31/12/2019. 

b) CALIFICACIÓN: se consignarán las calificaciones certificadas (SET4, copia de PDD, Nota) correspondientes a los dos (2) últimos años en que haya sido calificado el aspirante en el cargo, módulos y/u horas cátedra.
 Adjuntar documentación probatoria, ESCANEADA. 
En caso de no poseer, omitir este ítem.

 5.- TÍTULOS HABILITANTES: Serán considerados todos los títulos que se encuentren en el nomenclador vigente publicado en el Portal ABC.
 Títulos/Porcentaje de materias/Certificado de alumno regular Observaciones: 
Los títulos habilitantes podrán ser consultados en el nomenclador vigente publicado en el portal ABC.
 Adjuntar Títulos/Porcentaje de materias/Certificado de alumno regular ESCANEADO/S, caso contrario no se le permitirá continuar con su declaración jurada de inscripción. 
En el caso de que el aspirante no cuente con el título correspondiente, se admitirán las constancias de los/as aspirantes egresados de los Institutos Superiores de Formación Docente y/o Técnico y de las instituciones ajenas a la DGCYE (Institutos y Universidades). Adjuntar Certificado/s ESCANEADO/S o FOTO. 

PAUTAS PARA LA INSCRIPCIÓN 108 A Superior y Artística Terciaria

 Consideraciones de Ingreso por autogestión por primera vez 

El aspirante podrá cumplimentar, a través de la plataforma ABC los datos requeridos en la Declaración Jurada Digital, sin necesidad de concurrir a la Secretaría de Asuntos Docentes.

 Una vez finalizada la inscripción se podrá verificar la autogestión visitando el link “Declaración Jurada Digital Oficial”.

 IMPORTANTE: En caso de ingresar en reiteradas oportunidades a efectos de agregar/rectificar información, será considerado como válido el último ingreso al sistema.

 Todos los archivos que se adjunten, deben tener el formato PDF, JPG, de otra forma el sistema no lo procesará.

 La inscripción al Ingreso a la Docencia de aquellos/as docentes que se inscriban por primera vez en el Listado Ampliatorio (108 A Superior y Artística Terciaria) se realizará de la siguiente manera:

 Se deberán registrar en la plataforma ABC. Una vez registrados, ingresarán a la solapa: “servicios.abc.gob.ar”- SERVADDO y se dirigirán al link que indica: inscripción, donde cumplimentarán la Declaración Jurada en línea para el listado 108 A Superior y Artística Terciaria. 
Consideraciones para la carga de datos en la Declaración Jurada

La Declaración Jurada, cumplimentada por el aspirante, generará un comprobante de inscripción, y le permitirá visualizar lo que ha declarado.

 1.- DATOS PERSONALES: Se considerarán los datos informados por el aspirante en Declaración Jurada.
 a) DOMICILIO: como domicilio real será considerado el que figura consignado en el DNI (adjuntado por el aspirante), de acuerdo con lo establecido en el Art. 60º inc. d) del Estatuto del Docente, Decretos Reglamentarios y Resolución Nº 784/03. 
Adjuntar DNI (frente y dorso) ESCANEADO, caso contrario no se le permitirá continuar con su declaración jurada de inscripción.

 2.- DISTRITOS SOLICITADOS: Se deberán consignar como máximo tres (3) distritos, incluido o no, el de residencia. Si el interesado no consignó ninguno, no podrá continuar con su inscripción.

 3.- NIVELES Y/O MODALIDADES SOLICITADAS: El docente será habilitado para el ingreso a la docencia en los niveles y/o modalidades de acuerdo a los títulos que declare y se encuentren habilitados conforme al Nomenclador.

4.-CARGO TITULAR: Serán considerados los datos declarados por el interesado, teniendo especial atención en aquellos casos en que se hubiera modificado su situación de revista (acrecentamiento, titularización interina, renuncia, etc.). Cabe aclarar que se debe adjuntar constancia de los cargos/módulos/horas titulares que posea en cualquier servicio educativo. Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA.

 5.-ANTIGÜEDAD y CALIFICACIÓN: 

a) ANTIGÜEDAD el aspirante deberá consignar toda la antigüedad que posea hasta el 31/12/2019.

 b) CALIFICACIÓN: se consignarán las calificaciones certificadas (SET4) correspondientes a los dos (2) últimos años en que haya sido calificado el aspirante en el cargo, módulos y/u horas cátedra. Adjuntar documentación probatoria, ESCANEADA.

 6.- TÍTULOS HABILITANTES: Serán considerados todos los títulos que se encuentren en el nomenclador vigente. Observaciones: *Los títulos habilitantes podrán ser consultados en el nomenclador vigente publicado en el portal ABC. Adjuntar TÍTULO/S ESCANEADO/S, caso contrario no se le permitirá continuar con su declaración jurada de inscripción. En el caso de que el aspirante no cuente con el título correspondiente, se admitirán las constancias de los/as aspirantes egresados de los Institutos Superiores de Formación Docente y/o Técnico y de las instituciones ajenas a la DGCYE (Institutos y Universidades). Adjuntar Certificado/s ESCANEADO/S o FOTO. 

7.- TÍTULOS Y CURSOS BONIFICANTES: se detallará en el sistema la denominación del título/cursos, el organismo que lo expidió y número de Resolución de plan de estudios en caso de que se consigne. El mismo debe coincidir con la documentación escaneada. Observaciones: *Los títulos y/o cursos bonificantes podrán ser consultados en el nomenclador vigente publicado en el portal ABC. Adjuntar TÍTULO/S Y CURSOS BONIFICANTES ESCANEADO. 

PAUTAS PARA LA RECTIFICACIÓN DE DATOS EN LA INSCRIPCIÓN EN LISTADO 108 A Superior y Artística Terciaria

La rectificación de autogestión al Ingreso a la Docencia Listado 108 A Superior y Artística Terciaria se realizará de la siguiente manera:

 Se deberá ingresar en la plataforma ABC, con su usuario, una vez en ella deberán ingresar a la solapa “servicios.abc.gob.ar”- SERVADDO y dirigirse al enlace que indica Inscripción 2020-2021, y ahí ir a la inscripción Listado 108 A Superior y Artística Terciaria, cumplimentando la planilla allí detallada.

 Consideraciones para la carga de datos de la rectificación de autogestión. La rectificación de autogestión será cumplimentada por el aspirante y generará un comprobante de rectificación.

 IMPORTANTE: 

Todos los archivos que se adjunten, deben tener el formato PDF, JPG, de otra forma el sistema no lo procesará.

 Pasos de la planilla de rectificación de autogestión 

1.- DATOS PERSONALES: Si no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas. Adjuntar DNI o probanzas ESCANEADAS. 

2.- CARGO TITULAR: Si no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas. Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA.

 3.- ANTIGÜEDAD: Si no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas. Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA.

 4.- CALIFICACIÓN Si no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas. Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA. 

5.- TÍTULOS HABILITANTES: Si no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas. Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA.
 6.- TÍTULOS Y CURSOS BONIFICANTES: Si no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas. Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA.

 PAUTAS PARA LA INSCRIPCIÓN 108 B Superior y Artística Terciaria

Consideraciones de Ingreso por autogestión por primera vez 

El aspirante podrá cumplimentar, a través de la plataforma ABC los datos requeridos en la Declaración Jurada Digital, sin necesidad de concurrir a la Secretaría de Asuntos Docentes.

 IMPORTANTE:

 En caso de ingresar en reiteradas oportunidades a efectos de agregar/rectificar información, será considerado como válido el último ingreso al sistema. Todos los archivos que se adjunten, deben tener el formato PDF, JPG, de otra forma el sistema no lo procesará. 

La inscripción al Ingreso a la Docencia de aquellos/as docentes que se inscriban por primera vez en el Listado Complementario (108 b Superior y Artística Terciaria) se realizará de la siguiente manera:

 Se deberán registrar en la plataforma ABC. Una vez registrados, ingresarán a la solapa: “servicios.abc.gob.ar”- SERVADDO y se dirigirán al link que indica: inscripción, donde cumplimentarán la Declaración Jurada en línea para el listado 108 b Superior y Artística Terciaria.

 Consideraciones para la carga de datos en la Declaración Jurada

La Declaración Jurada, cumplimentada por el aspirante, generará un comprobante de inscripción, y le permitirá visualizar lo que ha declarado. Los documentos adjuntados, serán remitidos a los Tribunales de Clasificación Descentralizados para su posterior análisis y carga en el Sistema. 

1.- DATOS PERSONALES: Se considerarán los datos informados por el aspirante en Declaración Jurada.

 a) DOMICILIO: como domicilio real será considerado el que figura consignado en el DNI (adjuntado por el aspirante), de acuerdo con lo establecido en el Art. 60º inc. d) del Estatuto del Docente, Decretos Reglamentarios y Resolución Nº 784/03. Adjuntar DNI (frente y dorso) ESCANEADO, caso contrario no se le permitirá continuar con su declaración jurada de inscripción. 

2.- DISTRITOS SOLICITADOS: Se deberán consignar los distritos que solicite, incluido o no, el de residencia. Si el interesado no consignó ninguno, no podrá continuar con su inscripción.

 3.- NIVELES Y/O MODALIDADES SOLICITADAS: El docente será habilitado para el ingreso a la docencia en los niveles y/o modalidades de acuerdo a los títulos que declare y se encuentren habilitados conforme al Nomenclador.

 4.-ANTIGÜEDAD y CALIFICACIÓN:

a) ANTIGÜEDAD: el aspirante deberá consignar toda la antigüedad que posea hasta el 31/12/2019.

 b) CALIFICACIÓN: se consignarán las calificaciones certificadas (SET4) correspondientes a los dos (2) últimos años en que haya sido calificado el aspirante en el cargo, módulos y/u horas cátedra. Adjuntar documentación probatoria, ESCANEADA. Si no posee, omitir este ítem.

 5.- TÍTULOS HABILITANTES: Serán considerados todos los títulos que se encuentren en el nomenclador vigente publicado en el Portal ABC. Títulos/Porcentaje de materias Observaciones: *Los títulos habilitantes podrán ser consultados en el nomenclador vigente publicado en el portal ABC. 
Adjuntar Títulos/Porcentaje de materias ESCANEADO/S, caso contrario no se le permitirá continuar con su declaración jurada de inscripción.
 En el caso de que el aspirante no cuente con el título correspondiente, se admitirán las constancias de los/as aspirantes egresados de los Institutos Superiores de Formación Docente y/o Técnico y de las instituciones ajenas a la DGCYE (Institutos y Universidades). Adjuntar Certificado/s ESCANEADO/S o FOTO.

Cronograma de Acciones

 

        ACCIÓN

 

         PERÍODO

 

Difusión de pautas y cronograma

 

 

08/02/21 al 12/02/21

 

Inscripción 2020 Listados 108 A Superior y Artística terciaria y 108 B Superior y Artística terciaria incluídos Fines y Contexto de encierro

 

 

08/02/21 al 05/03/21

 

Carga de antecedentes según Declaración Jurada

 

 

05/03/21 al 09/04/21

 

Exposición de listados

 

 

19/04/21 al 30/04/21

 

Instancia de reclamos

 

 

19/04/21 al 14/05/21


                                         Rita Malano. Secretaria.                       

miércoles, 10 de febrero de 2021

NOTA N° 107 SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTES

                                                                         Gral Arenales, 10 de febrero de 2021

Secretaría de Asuntos Docentes de General Arenales informa que se puede realizar el seguimiento de un Expediente de GDEBA teniendo el interesado el número de trámite, a través del  link de acceso público:

https://sistemas.gba.gov.ar/consulta/expedientes/busqueda1.php


                                                                                               Rita Malano. Secretaria